jueves, 6 de noviembre de 2014

Riesgo de tsunamis en España.

En una reciente reunión celebrada en la localidad de Lorca (Murcia) sobre fallas activas y paleosismología, investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas presentaron los resultados de su nuevo trabajo sobre las fallas activas en la litosfera oceánica del Margen SO de la Península Ibérica y su significado para el riesgo de terremotos y tsunamis (Martínez-Loriente, S., et al. 2014). En la figura 1 del trabajo, estos científicos, han representado el mapa batimétrico de borde SO de la Península Ibérica. Las líneas naranjas sitúan los perfiles verticales de varios kilómetros de profundidad de la figura 2, en los que basan sus interpretaciones. Fueron obtenidos por sísmica de alta resolución, la misma técnica que se utiliza en las prospecciones petrolíferas. Las estrellas negras corresponden a los epicentros propuestos para los terremotos más importantes acaecidos en los últimos 250 años aproximadamente:
  1. Terremoto de Lisboa de Noviembre de 1755 de una magnitud estimada de 8.5 
  2. Terremoto del 7 de noviembre de 1915, con magnitud estimada de 6.2
  3. Terremoto del 28 de febrero de 1969, de 7,9-8,0 de magnitud 
  4. Terremoto del 12 de febrero de 2007, de magnitud 6.0

Figura 1
Figura 2
Las conclusiones de mayor interés de este estudio revelan, que aunque toda esta región oceánica se caracteriza por una actividad sísmica moderada, la mayoría de las nuevas fallas cartografiadas corresponden a estructuras capaces de generar terremotos de gran magnitud, desde 7.2 hasta 8.4 Mv. Por tanto, existe una amenaza real y significativa de terremotos y de peligro de tsunamis que, hasta el momento, no había sido considerada. 

Pues bien, sin pretender ningún tipo de catastrofismo ni alarmas innecesarias, estos nuevos datos científicos, demuestran una vez más, la necesidad de que España se integre lo antes posible, en el Grupo Intergubernamental de Coordinación del Sistema de Alerta Temprana y Mitigación de Tsunamis en el Atlántico Nororiental y el Mediterráneo y Mares Adyacentes. Un grupo de este tipo es un órgano subsidiario de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (ICG) de la UNESCO que “representa a sus gobiernos, anuncia iniciativas, formula y apoya recomendaciones y se comprometen a adoptar medidas tendientes a mejorar y aumentar la eficacia de los Sistemas de Alerta contra los Tsunamis de sus respectivas regiones. Las actividades de los ICG son conducidas por los Estados Miembros de acuerdo con las necesidades de la región e integran el asesoramiento de expertos que contribuyen a los grupos de trabajo y a otros órganos subsidiarios”. 

España, como País ribereño, ya participa del Sistema de Alerta Temprana contra los Tsunamis y Atenuación de sus Efectos en el Atlántico Nororiental y el Mediterráneo y Mares Adyacentes (NEAMTWS). Sin embargo, carece del obligado Sistema Nacional de Alerta propio. Y es absolutamente necesario porque los Sistemas Regionales o Globales de Alerta solo enviarán avisos a los Sistemas Nacionales cuando se produzca un evento que se estime que puede afectar sus costas. A partir de ese momento, la responsabilidad corresponde a cada país involucrado en el Sistema. España, no ha implementado esta estructura de Red de Alerta Nacional. Se hizo caso omiso de la solicitud que cursó en 2005 el Grupo español de tsunamis y además, ni siquiera se ha publicado en el BOE qué Organismos son los responsables de esta red de alerta nacional. Es un ejemplo más de la desidia de los gobiernos españoles. 

En el mes de febrero de 2013, es decir hace ahora más de año y medio, Carlos Martínez Gorriarán, portavoz adjunto de UPyD, defendió en la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados  una Proposición no de Ley instando al Gobierno a la integración operativa de España en el Grupo Intergubernamental de Coordinación del Sistema de Alerta Temprana y Mitigación de Tsunamis en el Atlántico Nororiental y el Mediterráneo y Mares Adyacentes (ver página 20). Explicaba entonces el diputado que, aunque España ya forma parte de este grupo, para su integración definitiva era necesario habilitar la red de alerta nacional existente y articular unos planes de emergencia. La integración operativa en este grupo es una reclamación de innumerables organismos y no supondría una mayor dotación presupuestaria para el Estado. Los requerimientos son mínimos y, en realidad, casi basta con designar en el BOE, él, o los organismos responsables de esta red de alerta. 

En la proposición no de ley se instaba al Gobierno a que en el plazo más breve posible adoptara las medidas necesarias para que: 
  1. España quede plenamente integrada en el Intergovernmental Coordination Group for the tsunami early warning and mitigation system in the North-Eastern Atlantic, the Mediterranean and connected seas. 
  2. Se utilicen y aprovechen los equipos y redes que están disponibles como la Red Sísmica del Instituto Geográfico Nacional, la Red de Nivel de mar del Ente Público Puertos del Estado, la de Rescate y Salvamento y la Sala de Coordinación Operativa de Protección Civil. 
  3. Se establezcan planes de emergencia por Protección Civil y por la Unidad Militar de Emergencia. 
La PNL fue aprobada con la unanimidad de la Comisión del Congreso, y por tanto, elevada al Gobierno para su conocimiento y efectos. Pues bien, algo tan sencillo aún no ha sido cumplido por quién tiene la potestad y la obligación de llevarlo a cabo. Se dirá que bastante trabajo ha tenido y tiene el Gobierno con atender a la crisis económica, los desafíos secesionistas y en tapar el tsunami de los escándalos de corrupción propios y ajenos, como para ocuparse de estas aparentes nimiedades. 

Sin embargo, algo tan sencillo como lo que se pedía en esta PNL debería ser atendido con prontitud, puesto que en el hipotético caso, no deseable, de se produjera un fenómeno de este tipo, las repercusiones sobre la población de las zonas afectadas, son difícilmente predecibles. Recordemos que en la Península ibérica, el tsunami producido por el terremoto de Lisboa es el que mayor número de víctimas causó. El terremoto alcanzó una intensidad de 8.5-9 en la escala de Richter y su epicentro se localizó en el Océano Atlántico al oeste-suroeste de la Península como se indica en la figura 1. Se produjo a las 9.45 h. del primero de noviembre de 1755. Las olas alcanzaron la costa portuguesa del Algarve a los pocos minutos, la ciudad de Huelva media hora más tarde y la de Cádiz alrededor de las 11. El primer signo fue la retirada del mar y luego la llegada de cuatro o cinco grandes olas con un periodo de 25 a 40 minutos. En España se produjeron 61 muertos por el terremoto y 1.214 por el tsunami. Teniendo en cuenta el aumento de la población y de la construcción civil en el Algarve y en toda la costa suroeste española, ¿puede alguien imaginar las consecuencias de un fenómeno semejante hoy día?. Y no son solo estas regiones del suroeste de la Península las amenazadas por fenómenos de tipo terremoto+tsunami. Aunque por otro tipo de fenómenos geológicos como deslizamientos submarinos, algunas áreas del Mediterraneo y en particular de Baleares sufrieron y podrían volver a padecer, fenómenos altamente destructivos de éste tipo. El conocimiento de la infraestructura del subsuelo español, tanto continental como marino, es esencial para la prevención, y en su caso mitigación, de las consecuencias de los tsunamis. Por ello, es difícil comprender, la fuerte oposición que algunos grupos sociales y políticos, muestran a las necesarias investigaciones que utilizan las técnicas de sísmica de reflexión.

Referencia:
Martínez-Loriente, S., Gràcia, E., Bartolome, R., Sallarès, V., Perea, H. (2014): Active faulting in the mesozoic oceanic lithosphere offshore the SW iberian margin. Significance for earthquake and tsunami hazard. En: Una aproximación multidisciplinar al estudio de las fallas activas, los terremotos y el riesgo sísmico. Editores: J.A. Álvarez y F. Martín. Segunda reunión Ibérica sobre fallas activas y paleosismología, Lorca (Murcia, España), 22 al 24 de octubre de 2014. Link

1 comentario :

  1. Información completa: http://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1002/ggge.20173/abstract

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